Para calificar para el NACARA nicaragüense, los individuos de Nicaragua deben haber estado continuamente presente en los EE.UU. desde el 1 de Diciembre de 1995 y ser admisible en disposiciones determinadas de inmigración.
NACARA 203 permite a los nacionales de El Salvador y Guatemala para solicitar socorro según las antiguas leyes de deportación, dependiendo de cuando fueron colocados en proceso de deportación , solicitó asilo, o registrada para los beneficios de liquidación en virtud de un proceso judicial conocido como las Iglesias Bautistas Americanas v Thornburgh ( "ABC" ). NACARA también permite que un tipo muy específico de personas que no se han puesto en proceso de deportación o expulsión de solicitar alivio directamente con el USCIS .
Además de los requisitos de elegibilidad basados en el país de abajo, los solicitantes también deben cumplir una serie de criterios de elegibilidad ( por ejemplo, de presencia física en los EE.UU., un buen carácter moral, y así sucesivamente).
El solicitante se llevará a cabo a las normas aún más estrictas si ha cometido un delito. Ciertos individuos que solicitan NACARA nicaragüense también pueden traer a su cónyuge, hijos, e hijas soltera a los EE.UU.
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